Aclaraciones que Participa La Cabrera, quiere que consten en el acta.

ESPECIFICACIONES QUE PARTICIPA LA CABRERA QUIERE QUE CONSTEN EN ACTA

  1. ¿No falta ninguna página en los informes de FUVESAN ni anexo Informe de sugerencias y recomendaciones?
  2. ¿No existe ningún otro documento que no conozcamos?
  3. Que el secretario tiene en su poder el documento de alegaciones que presentamos el 31/3/2016.   Y también el alcalde y los concejales, en este momento dos concejales del PP, dos de Participa y el representante del Psoe, manifiestan que no les ha sido entregado
  4. Que el secretario tiene en su poder el documento de alegaciones e impugnación de los informes del expediente con fecha 18/3/2016 y también el alcalde y los concejales.
  5. Que estas alegaciones del día 31 de marzo no se han adjuntado a la convocatoria de pleno del día 15, ni el del día 18 de abril.
  6. Que las alegaciones e impugnación de los informes se entrega una copia a cada concejal asistente al pleno del día 18. Registrados con el nº 1.316/2016. Leído en el pleno para su conocimiento antes de la votación.
  7. El acta de la Junta de contratación leída por el Secretario en el pleno del día 15 de abril, no está firmada ni entregada a los componentes de la mesa. Y se aprobará la cesión, sin firmar el acta de la junta de contratación.
  8. Que los informes de FUVESAN asesores, forman parte del expediente con nº reg. entrada 1306 y 1307/2016, como prueba del encargo a un tercero.
  9. Que figura en el expediente informe de D. Mariano Mantecón con nº547/2016
  10.  Que figura en expediente informe jurídico emitido por el Secretario y está sin firmar ni registrar.

Se tomará una decisión en base a un informe del secretario donde concluye lo siguiente

de lo expuesto se deduce que la empresa que solicita la cesion del contrato ha presentado la documentación exigida en el pliego de condiciones, tanto para acreditar la solvencia económica y financiera como la solvencia técnica y profesional, por varios de los medios que se exigían en el pliego de condiciones , aunque conforme a este fuese suficiente uno solo para acreditar cada clase de solvencia

Es competencia de la mesa de contratacion calificar la documentación presentada y valorar si la nueva empresa acredita la solvencia técnica y económica suficientes”

Estamos totalmente de acuerdo con tal certificación pero no aporta ninguna manifestación sobre la legalidad o no legalidad de la modificación del contrato y las cesiones, tampoco aporta el compromiso que solicitaba el alcalde y concejal de hacienda en la mesa de contratación, no es una propuesta de resolución. Si para el equipo de gobierno este documento es suficiente para tomar esta decisión, poco más podemos hacer.

No estamos diciendo que no pueda modificarse un contrato en vigor, tampoco que no pueda hacerse una cesión, decimos que no está contenido en el pliego de forma explícita, no hay una justificación y ambos aspectos tienen unos requisitos que no se cumplen para hacer lo que queremos hacer.

En resumen, aprobareis con vuestro voto una cesión al contrato más grande y complejo que tiene este ayuntamiento en vigor durante 6 años más con:

 

  • 5 informes impugnados
  • Un acta de la junta de contratación sin firmar
  • Un informe del secretario sin firmar ni registrar
  • Unas alegaciones sin entregar a los concejales ni contestadas

Que constará en acta

Estos conceptos podrían hacer el contrato nulo de pleno derecho y los contratistas poner en marcha un proceso de demanda contra este ayuntamiento y contra aquellos que siendo conscientes de las irregularidades que pueda contener el contrato y las sucesivas cesiones manifiesten con su voto el acuerdo en el pleno.

POR ULTIMO, nos reservamos el derecho de denunciar el contrato y las respectivas cesiones, queremos dejar patente en el acta que el equipo de gobierno está tomando una decisión con conocimiento de causa, consciente de los argumentos que presentamos en contra y haciendo caso omiso a la recomendación de pedir una propuesta de resolución al Secretario u opinión al órgano competente, Junta Consultiva de Contratación administrativa.

Si la decisión fuera llegar a un acuerdo de salida con el gestor actual solicitado por él y la puesta en marcha de un nuevo concurso público, aun no siendo nuestra política la privatización, estaríamos dispuestos a colaborar en ese sentido, esto es lo que llevamos diciendo desde el mes de febrero.

Alegaciones presentadas por Participa La Cabrera al informe de FUVESAN

ALEGACIONES A LOS INFORMES PRESENTADOS POR LA EMPRESA FUVESAN REFERIDOS A LA CESION DEL POLIDEPORTIVO DE LA CABRERA CON REFERENCIAS 1307/2016 Y 1306/2016.y OTROS INFORMES.

Pedro Montoya Rubio, con DNI 00273672H en representación de Participa La Cabrera y en calidad de concejal del Ayuntamiento de La Cabrera

EXPONE

QUE.-Tras el aplazamiento del pleno del día 15 de abril, al entender el Sr. Alcalde que no teníamos los mismos documentos para llegar a emitir el voto el equipo de gobierno y la oposición para tomar una decisión tan importante como autorizar la cesión del polideportivo de la Cabrera a un nuevo gestor.
QUE.-Esta documentación consistía en dos informes de un abogado, contratado por el equipo de gobierno que no nos entregó con antelación unido a la convocatoria, como es de obligación al ser informes públicos.
QUE.- Estos informes referenciados en el título, entendemos no pueden formar parte del expediente por los siguientes motivos:
• No están paginados incluso uno de ellos no lleva numerados los puntos de exposición.

• No aparece el nombre de su autor, ni en calidad de…,

• En los servicios que presta la empresa no figura la actividad o servicio de asesoría jurídica, es una asesoría fiscal y laboral.

• Esta empresa es un autónomo y no presenta cuentas en el registro desde el año 2004,

• No consta en el registro la adaptación a la ley de sociedades anónimas, algo insólito para ser un asesor.

• Su identificación en el mercado es muy compleja , su web no está actualiza desde 2012 igualmente en Facebook donde no figura actividad alguna

• El nombre comercial no aparece en el mercado si se busca por las siglas FUVESAN asesores s.l.

QUE.- La legislación dice con toda claridad que no puede aportar opinión un informe de expertos externos al Ayuntamiento y al Secretario, por no ser imparciales sus opiniones.

personal externo

 

QUE.- Igualmente no forme parte del expediente el informe jurídico emitido por D. Mariano Mantecón por ocupar un puesto de cargo de confianza o de asesor según la legislación:

personal de confianza

QUE.- Con independencia de lo anterior, esta función de emisión de informes jurídicos recae sobre las atribuciones del secretario –interventor de la corporación, función está reservada a funcionarios públicos. Y por tanto los informes sobre estos expedientes deberán ser emitidos por funcionarios de carrera. Cuyo informe debería tener la forma de Propuesta de Resolución (adjuntamos legislación)

ultimo

SOLICITA
• La impugnación de los siguiente informes :
1. Informe con nº de registro de entrada 1306/2016 FUVESAN ASESOR
2. Informe con nº de registro de entrada 1307/2016 FUBESAN ASESOR
3. Informe con nº registro de entrada 547/2016 de D.Mariano Mantecon
4. Informe sin número de registro de fecha 14 /3/2016 de D.Lorenzo Blanco
5. Informe sin número de registro de fecha 28 /3/2016 de D.Lorenzo Blanco

• Elevar a propuesta de resolución el informe jurídico firmado por el Secretario Interventor donde manifieste si el expediente completo, desde el pliego de condiciones, cesiones y modificación del contrato cumple o no cumple la legislación vigente.

• Elevar esta petición a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, si el funcionario encuentra algún tipo de dificultad técnica que aconseje dicha decisión.

• Que los informes de los abogados sean pagados por quien haya realizado el encargo, estas decisiones no deben ser soportadas con fondos del ayuntamiento.

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Firmado en La Cabrera el dieciocho de abril de dos mil dieciséis

Pedro Montoya